Se filtra informe entregado por CNBS a diputados del Congreso

Se filtra informe entregado por CNBS a diputados del Congreso

  • notibomba | 25-10-2015.6:30 am.

CNBS1

Al menos 45 resoluciones de sanción fueron emitidas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), desde el 2004 hasta este año, en contra del Banco Continental, teniendo que enterar al fisco, en concepto de multas, un valor de 36 millones 474,637 lempiras, según el informe recibió la comisión especial interpartidaria del Congreso Nacional.

Los diputados hicieron trascender el documento de la CNBS, de 20 páginas y de carácter confidencial, que además contiene los detalles y pormenores de la contraloría que se hizo con el banco. Asimismo, se pudo constatar que la sanción pecuniaria más elevada que haya recibido un grupo empresarial, fue de 13 millones 5,952 lempiras, en el 2013, por violar las regulaciones del lavado de activos.

De esas resoluciones del Grupo Continental, investigadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la CNBS puso en conocimiento de las autoridades del Ministerio Público, al enviarles informes sobre 11 operaciones atípicas, realizadas desde el 2012 hasta el 2014, por Inversiones Continental Panamá e Inversiones Continental Honduras, y pidió que se investigara a un numeroso grupo de personas involucradas en estos movimientos.

Posteriormente la CNBS recibió 19 requerimientos de información de la Fiscalía que involucran a 191 personas naturales y jurídicas y además 18 reportes de transacciones atípicas, del sistema financiero que involucran a una red de 20 personas.

En el presente informe también revela que en julio de 2013 se recibió solicitud internacional por parte de la Red Contra Crímenes Financieros de Estados Unidos (FINCEN) en el cual incluyeron tres organizaciones entre ellas Los “Cachiros” y “Rosenthal”, compuestas por 75 personas naturales y jurídicas. La UIF dio respuesta a dicha solicitud a través de tres informes, dice el documento confidencial de la CNBS.

También en el documento, se precisa que el 4 de agosto de 2009 se recibió reporte de operación sospechosa relacionada con una empresa del Grupo Rosenthal, Importadora de Vehículos Internacionales, S.A. el cual fue analizado y entregado al Ministerio Público.

De todos estos insumos suministrados a la comisión legislativa, la próxima semana se conocerá el informe que los legisladores presentarán a la cámara legislativa, para dar respuesta a las interrogantes de los diputados con relación a la liquidación forzosa de Banco Continental, luego que fuera incluido en la lista de narcotraficantes especialmente designados por la OFAC.

A continuación se publican de manera textual algunas secciones de este informe:

CUADRO-1

IV . Operaciones de captaciones irregulares del público

En el examen realizado al 30 de septiembre de 2011, se determinó que las sociedades Inversiones Continental Panamá, S.A., e Inversiones Continental, S.A. de C.V., utilizando la plataforma y canales de Banco Continental, realizaron operaciones irregulares de la captación de fondos del público dentro del territorio nacional, que fueron depositados en las cuentas de cheques de estas sociedades.

Estas captaciones fueron documentadas mediante pagarés y dichos recursos fueron transferidos a las empresas y personas relacionadas al Grupo Continental.

Con este tipo de operaciones el banco evadió diferentes regulaciones: requerimientos de encaje sobre captaciones, requerimientos de capital por los activos de riesgos generados con tales captaciones, límites de crédito a partes relacionadas, requerimientos de liquidez, aportes al Fondo de Seguros de Depósitos (Fosede) y a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), entre otros agravantes que dichas captaciones irregulares no tienen la cobertura ni garantía del Fosede.

CUADRO-2La CNBS mediante resoluciones SB No. 842/04-06-2012 y SB No. 843/04-06-2012 resolvió, entre otros:

a.  Ordenar a las sociedades Inversiones Continental Panamá, S.A., e Inversiones Continental, S.A. de C.V., que inmediatamente cesaran de realizar las operaciones de captación de fondos del público en forma irregular y procedieran a devolver totalmente junto con los intereses calculados a la fecha de la devolución, los recursos de los clientes.

b.  Informar al Ministerio Público las resoluciones a efecto de que solicite las medidas cautelares procedentes y adopte las medidas correspondientes para preservar los intereses del público. Sin perjuicio que los directores, consejeros, comisarios, asesores, gerentes y funcionarios de la persona jurídica investigada respondan personalmente de manera solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales derivadas de este hecho.

c.  Informar al público en general que Inversiones Continental Panamá, S.A., e Inversiones Continental, S.A, de C.V., no son instituciones del sistema financiero hondureño y no tienen autorización para captar en Honduras depósitos del público; por lo tanto, todas las captaciones de depósitos son realizadas de forma irregular y consecuentemente son constitutivas de delito de conformidad al artículo 394-B del Código Penal, tales captaciones no están cubiertas por el Fondo de Seguros de Depósitos (Fosede).

Asimismo, las CNBS impuso a Banco Continental, S.A., una sanción de L. 2,000,400.00 por los hechos antes descritos.

INFORMES SOLICITADOS AL MINISTERIO PÚBLICO RELACIONADOS CON BANCO CONTINENTAL, S.A.

a.  Solicitud de revisión por parte del Ministerio Público según oficio Fescco-2013, relacionado con operaciones crediticias del Grupo Ganaderos del Norte. El informe que se remitió se estructuró con la información obtenida en la evaluación realizada a Banco Continental, S.A., con cifras al 31 de marzo de 2013, el informe consistió en un detalle de accionistas actuales y anteriores, saldo de obligaciones, fichas de crédito y detalle de garantías.

b.  Solicitud Ministerio Público según oficio Fescco-1675-2014, a fin de establecer la debida diligencia de créditos otorgados a personas naturales y jurídicas relacionado con el grupo denominado Los Cachiros, el mismo fue preparado con los documentos en copias recibidas mediante oficio-1775-2014 del 8 de octubre de 2014, referenciados en nueve (9) tomos del 29 al 37, consistente del expediente 060-2013 del caso denominado Operación Neptuno.

c.  Informe solicitado por la Fiscalía Especial contra el Crimen Organizado, dependencia del Ministerio Público, sobre solicitud para determinar la debida diligencia del Banco Continental, S.A., en el otorgamiento de préstamos a la Sociedad Inversiones Turísticas Joya Grande, S.A., con la Empresa de Transportes del Norte, S.A., Palmas del Bajo Aguán, S.A., Ganaderos y Agricultores del Norte, S. de R.L. de C.V., Javier Eriberto Rivera Maradiaga, Devis Leonel Rivera Maradiaga y Caridad Esperanza Maradiaga López, según lo solicitado en oficios FESCCO-UCDLAPD-CEIPLA-573-2015, FESCCO-574-2015, FESCCO-UCDLAPD-CEIPLA-654-2015, FESCCO-UCDLAPD-CEUIPLA-782-15.

OTRAS COMUNICACIONES ENVIADAS

2013
1.SB No. 2070/10-10-2013
Banco Continental

Falta de una gestión corporativa para la implementación de una cultura de cumplimiento en la prevención de LAFT

Entregado al representante del Ministerio Público en la IIF en diciembre del 2013. Según el artículo 43 del Decreto 45-2002, Ley Contra el Lavado de Activos.

CUADRO-34. SANCIÓN RELACIONADA CON DEFICIENCIA EN LA LEGISLACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO (LA/FT).

Resolución No. 2070/10-10-2013
Resolución No. 2070/10-10-2013

Mediante oficio SEGSE-OF-186-2013 se solicitó descargos al banco por la falta de gestión de gobernabilidad corporativa para implementar una cultura de cumplimiento adecuada y efectiva para la prevención del riesgo LA/FT ajustado y adecuado al apetito de riegos del banco. Se presentó incumplimiento a las siguientes regulaciones:

a.    Decreto No. 45-2002: Ley Contra el Delito de Lavado de Activos.

b.    Resolución No. 869/2920-2002: Reglamento para la Prevención del Uso Indebido de los Servicios y Productos Financieros en el Lavado de Activos.

c.    Resolución SB No. 143//29-01-2013: Requerimientos del examen con cifras a junio de 2012.

d.    Resolución SB No. 1619/22-08-2008: Norma de Gestión Integral del Riesgo.

e.    Resolución UIF No. 018/08-01-2013: Debida diligencia y actualización de datos
con el cliente.

f.Resolución No. 018-/08/08-01-2013: Prevención con países poco o no cooperantes del GAFI.

g.Resolución UIF No.1994/09-12-2010: Reporte Semestral del Código de Transacciones Atípicas Sujetas a Reporte a la UIF.

h.Resolución UIF No. 149/29-09-2009: Diligencias en el reporte de transacciones atípicas a la IUF.

i.Resolución BCH No. 325-9/2003: Límites para el reporte de transacciones en efectivo, múltiples en efectivo y financieras a la UIF.

Por los incumplimientos antes señalados, se impuso sanción por trece millones cinco mil novecientos cincuenta y dos lempiras exactos (L. 13,005,952.00). Esta sanción fue notificada al banco el 30 de noviembre de 2013 y pagada el 1 de noviembre de 2013 con crédito a una cuenta de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI), de conformidad a lo establecido en el artículo 40 del decreto 45-2002: Ley contra el Delito de Lavado de Activos.

La resolución de multa antes indicada fue objeto de las siguientes acciones:

a.Recurso de reposición interpuesto por el Banco Continental, S.A., la cual fue resuelta mediante resolución SB No. 200/07-02-2014, donde se ratificó la totalidad de los dispuestos en la resolución SB No. 2070/10-10-2013, en virtud de que el banco no aportó nuevos elementos, pruebas o descargos que desvanecieran los incumplimientos.

b.Demanda con orden de ingreso No. 0501-2014-0000- LAO, promovida por el apoderado legal del banco contra la CNBS en el Juzgado de los Contencioso Administrativo en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, para que se declare nulidad absoluta sobre la resolución 200/07-02-2014.

IX UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF)

La Fiscalía Especial contra el Crimen Organizado del Ministerio Público ha requerido desde 19 de enero de 2006 hasta septiembre de 2013 a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la CNBS, información financiera de varias personas, naturales y jurídicas, vinculadas o relacionados con la organización criminal denominada “Los Cachiros”, según consta en el gráfico publicado por la OFAC en septiembre de 2013.

En julio de 2013, se recibió solicitud internacional por parte de la Red Contra Crímenes Financieros de Estados Unidos (FINCEN por sus siglas en inglés), en el cual incluyeron tres organizaciones entre ellas “Los Cachiros” y “Rosenthal”, compuesto por 75 personas, naturales y jurídicas. La Unidad de Información Financiera dio respuesta a dicha solicitud, a través de tres informes de fechas 10, 18 y 27 de septiembre de 2013.

El 4 de agosto de 2009 se recibió reporte de operación sospechosa relacionada con una empresa del Grupo Rosenthal, Importadora de Vehículos Internacional, S.A. (IVIHSA), el cual fue analizado y entregado al Ministerio Público el 25 de julio de 2014.