Los hondureños tendrán que pagar con sus impuestos cantidades millonarias por la remoción ilegal de los jueces que hicieron el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Rivera Aviles y todo el gobierno de Facto encabezado por Roberto Michelleti y Romeo Vasquez.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido sentencia que condena al Estado hondureño por la remoción de los jueces que se opusieron al golpe de Estado del 2009 contra el ex presidente Zelaya y ordena la restitución de tres de ellos. También, ordena pagarle todos los sueldos dejados de percibir desde el momento que fueron separados, indemnizarlos por daños materiales e inmateriales y el reintegro de costas y gastos.
Analistas han dicho que la cantidad a pagar por el Estado de Honduras, estaría cerca de los 20 millones de lempiras.
El resumen de la sentencia de la CIDH:
"Durante esta situación de ilegitimidad internacional del Gobierno de facto se iniciaron procesos disciplinarios contra las víctimas, por conductas que, en el fondo, constituían actuaciones en contra del golpe de Estado y a favor del Estado de Derecho y la democracia", señala la sentencia de la Corte IDH.
La Corte estableció que su sentencia constituye per se una forma de reparación. Además, ordenó al Estado: i) reincorporar a Adán Guillermo López Lone, Tirza del Carmen Flores Lanza y Luis Chévez de la Rocha a cargos similares a los que desempeñaban al momento de los hechos, con la misma remuneración, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería a la fecha si hubiesen sido reincorporados en su momento.
En caso que no fuera posible la reincorporación, deberá pagarles la cantidad establecida en la Sentencia; ii) publicar la Sentencia y su resumen oficial, y (iii) pagar los montos señalados en la Sentencia por concepto de indemnización por daños materiales e inmateriales y el reintegro de costas y gastos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisará el cumplimiento íntegro de la Sentencia, en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia.